En el PerĆŗ, paĆs de emprendedores, la formalización y la protección de los bienes intangibles a travĆ©s de la propiedad intelectual son puntos claves para que un emprendimiento logre el Ć©xito esperado.
“Es necesario que los emprendimientos se formalicen, eso les permitirĆ” acceder a capital de trabajo para impulsar sus actividades. Asimismo, deben proteger su inventiva mediante la propiedad intelectual y el registro de patentes con el fin de asegurar el futuro de su empresa”, explica Luis Diez Canseco, decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Humanas de la UTP, quien brinda algunas recomendaciones legales para los emprendedores.
- El inicio es la creación de una marca. La marca es el punto de partida de toda iniciativa, el hecho de contar con una marca harÔ, de manera automÔtica, que se puedan diferenciar del resto de empresas a través de signos distintivos que les permitirÔn posicionarse en el mercado.
- Formalizar el emprendimiento. Un negocio formal, que cumpla con todos sus registros de ley, tiene ventajas frente a los informales, puesto que se puede acceder a un capital de trabajo para impulsar las actividades.
- Aplicar una estrategia de propiedad intelectual. Se debe identificar quĆ© herramientas son las mĆ”s adecuadas de acuerdo con la naturaleza de nuestro negocio, mediante preguntas como: ¿quĆ© es lo que vamos a proteger?, ¿cómo protegerlo? y ¿cuĆ”l es el objetivo de dicha protección? La propiedad intelectual para los emprendedores resulta importante porque, si quieren consolidarse en el mercado y expandir su marca, tienen la imperiosa necesidad de proteger sus bienes intangibles.
- Patentar la inventiva del emprendedor. Las patentes brindan mayor peso a los esfuerzos creativos de los emprendedores. Asimismo, ponen en evidencia la creatividad de la sociedad en su conjunto. Es el caso de las invenciones de nuevos productos o de procedimientos, que tienen una duración de 20 años. Las patentes, junto con las marcas y la creación intelectual, son bienes intangibles que hay que proteger.
- Ser parte de la virtualidad. Cada vez son mƔs quienes utilizan internet y sus plataformas como una herramienta para vender. Lo que muchos desconocen es que las iniciativas que implementan mediante esta estrategia pueden ser objeto de derechos de autor. Del mismo modo, muchas de las creaciones que se ponen de manifiesto en las aplicaciones y redes sociales tambiƩn pueden ser protegidas como obras literarias.
Finalmente, el decano de la UTP recuerda que es importante saber que, “en nuestro paĆs, existe un sistema jurĆdico muy sólido en el Ć”mbito de la propiedad intelectual, consagrado, principalmente, en las decisiones 486 y 351 de la Comunidad Andina, que brindan lineamientos claros, sencillos y modernos sobre cómo proteger los intangibles de propiedad intelectual”. Por consiguiente, la Ćŗnica preocupación para un emprendedor en este Ć”mbito es realizar sus trĆ”mites correctamente para garantizar la protección de su creación.
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