● La gratificación al personal de apoyo en casa corresponde el equivalente a una remuneración mensual.
● El pago de la gratificación debe efectuarse antes del 15 de julio.
Julio es uno de los meses mĆ”s esperados por muchos trabajadores, no solo por los dĆas de descanso durante los feriados, sino tambiĆ©n porque muchos reciben un sueldo adicional correspondiente al pago de sus gratificaciones. Aunque este pago suele ser proporcional al contrato establecido por el empleador, existe un grupo muy importante que muchas veces no es compensado económicamente de la manera correcta: este es el rubro de las trabajadoras del hogar.
Tal y como establece la ley n.o 31047, la cual vela por el cumplimiento de los derechos de las trabajadoras y trabajadores del hogar, a cualquier personal de apoyo en casa contratado a tiempo completo le corresponde el pago de sus beneficios, entre ellos el abono de su gratificación.
Para el economista y docente de la Universidad CĆ©sar Vallejo, JosĆ© Orderique, el pago de las gratificaciones les corresponde a los trabajadores de empresas que se encuentran en el rĆ©gimen de quinta categorĆa, es decir, estĆ”n en planilla y tienen un contrato de trabajo. AquĆ tambiĆ©n se encuentran las personas inscritas formalmente en Essalud como trabajadoras del hogar y con contrato de servicios. El pago de la gratificación es el equivalente a un sueldo completo; de tener menos de este tiempo, se prorratearĆ” el pago en base a los meses trabajados.
El especialista brindó un ejemplo para calcular el pago de este beneficio:
● Si la trabajadora gana mensualmente el sueldo mĆnimo: S/1.025.
● Si la trabajadora tiene solo tres meses trabajando: 1.025/12 = 85.41. Multiplicado por 3 meses, su gratificación serĆa S/256.23.
“Hoy en dĆa, las trabajadoras del hogar no solo gozan de todos los beneficios sociales como el pago de un seguro de salud, vacaciones remuneradas, CTS, accesos al sistema de pensiones, descanso pre y posnatal, entre otros. En julio, al igual que a cualquier otro trabajador, le corresponde el abono de gratificación; sin embargo, para trabajadoras del hogar se considera el rĆ©gimen mype, que es 50 % del sueldo. De trabajar por horas, le corresponderĆ” un porcentaje adicional de su sueldo, este cĆ”lculo siempre irĆ” de la mano con el contrato que establezca con su empleador”, explicó.
Frente a la difĆcil situación económica por la que atraviesa el paĆs y los peruanos en general, el especialista brindó algunas recomendaciones para darle un buen uso a este dinero:
● Realizar pagos adelantados a abonos al capital de la deuda de tus tarjetas de crĆ©dito o prĆ©stamos personales
● No gastes en vano. El consumo de gastos superfluos es inadecuado en este momento de coyuntura nacional.
● Ahorra siempre un porcentaje de este dinero, nunca sabemos cuĆ”ndo necesitaremos de Ć©l.
● Evita los gastos hormiga.
● Siempre serĆ” mejor abonar en efectivo, de esta manera evitaremos el pago adicional de intereses.
Finalmente, el docente recordó que el empleador estĆ” en la obligación de efectuar el pago de las gratificaciones antes del 15 de julio; de lo contrario, podrĆa ser sancionado con el monto equivalente a 4 UIT.
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