Excusas al cargo de miembro de mesa se pueden tramitar de forma presencial o virtual - TRUJILLO ES HOY

miƩrcoles, 17 de agosto de 2022

Excusas al cargo de miembro de mesa se pueden tramitar de forma presencial o virtual

 Con miras a las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2022, la Oficina

Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) Trujillo informa que las

excusas al cargo de miembro de mesa se pueden tramitar de manera virtual en

el siguiente enlace: https://excusaojustificacion.onpe.gob.pe/.

Esta gestión se puede realizar, también, de forma presencial en la ODPE

Trujillo situada en la avenida Larco 184, del distrito de Trujillo, en donde se les

darĆ” asistencia legal a las personas que fueron sorteadas y que no puedan

ejercer el cargo. La atención es de lunes a viernes, de 8:30 de la mañana a

1:00 de la tarde y de 2:30 a 6:30 de la tarde; y los sƔbados, de 8:30 de la

maƱana a 2:30 de la tarde.

Tras la publicación definitiva de miembros de mesa desarrollada el lunes 15 de

agosto, los ciudadanos aĆŗn podrĆ”n excusarse. La Ley N° 26859 (Ley OrgĆ”nica

de Elecciones) dispone que el cargo de miembro de mesa es irrenunciable, sin

embargo, los ciudadanos sorteados para ejercer dicha labor pueden formular

excusa por grave impedimento fĆ­sico o mental, por tener que ausentarse del

territorio de la República, ser mayor de 70 años o estar incurso en cualquiera

de los impedimentos establecidos en el artĆ­culo 57° de la citada norma.

Entre las causales previstas en la citada norma figuran los siguientes casos: los

candidatos y personeros de las organizaciones polĆ­ticas, los funcionarios y/o

servidores de los organismos que conforman el Sistema Electoral Peruano, los

miembros del Ministerio PĆŗblico que, durante la jornada electoral, realizan

funciones relacionadas con la prevención e investigación de los delitos

electorales; y aquellos funcionarios de la DefensorĆ­a del Pueblo que realizan

supervisión electoral, entre otros.

El detalle de las causales y el correspondiente sustento figura en la Resolución

Jefatural N° 2790-2022/JNE/ONPE, la misma que aprueba el Texto Único de

Procedimientos Administrativos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales.

Adicionalmente, a travĆ©s de la Resolución Jefatural N° 002595-2022-JN/ONPE,

el organismo electoral incorporó a las mujeres gestantes y a las personas que

tengan hijos de dos aƱos o menos entre los grupos que pueden ser exonerados

de la obligación de ser miembro de mesa durante las Elecciones Regionales y

Municipales que se realizarÔn el próximo 2 de octubre.

Esta norma recuerda que los ciudadanos y ciudadanas que tengan mayores

probabilidades de presentar complicaciones, si se contagian de COVID-19,

cuentan con facilidades para exonerarse de la obligación de sufragar y de

integrar una mesa de votación. Entre ellos se encuentran las personas que

padecen afecciones cardƭacas, enfermedades pulmonares, cƔncer, diabetes,

obesidad, hipertensión arterial y otras dolencias.


La solicitud de excusa solo puede formularse por escrito o virtualmente,

sustentada con prueba instrumental (documental), hasta cinco (5) dƭas hƔbiles

después de efectuada la publicación definitiva de la lista de miembros de mesa.

Asimismo, el ciudadano no debe registrar multa electoral por omisión al

sufragio y los documentos que acreditan las causales de excusas deben ser

redactados en el idioma oficial (espaƱol). En caso contrario, se debe

acompañar traducción oficial.

Justificación

A su vez, la justificación a la inasistencia al cargo de miembro de mesa es la

opción que tienen los referidos ciudadanos en caso de enfermedad

debidamente acreditada y se presenta ante la Oficina Descentralizada de

Procesos Electorales (ODPE).

En este caso, la solicitud deberĆ” presentarse debidamente acreditada con el

certificado médico hasta 5 días naturales previos a la fecha de la elección y,

excepcionalmente, al dĆ­a siguiente ante el Jurado Electoral Especial. El plazo

se computarÔ desde la fecha de recepción de la solicitud en la sede de la

Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE).



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