CONGRESO ENVIÓ AL EJECUTIVO PL PARA DESTRABAR CHAVIMOCHIC - TRUJILLO ES HOY

lunes, 5 de septiembre de 2022

CONGRESO ENVIÓ AL EJECUTIVO PL PARA DESTRABAR CHAVIMOCHIC

Con fecha de ayer lunes 5 de septiembre, el Congreso de la República remitió al Ejecutivo el Proyecto de Ley (PL) que asegura y promueve la ejecución y culminación de las obras del Proyecto Chavimochic, comunicando al presidente de la República para su promulgación oficial, lo que fue saludado por el gobernador regional Manuel Llempén Coronel.

 

El Congreso aprobó el pasado viernes, con 102 votos a favor, dos en contra y 4 abstenciones, el PL N° 2884/2022-PE, que permitirá que próximamente se reinicie y termine la presa Palo Redondo, que garantizará la sostenibilidad de todo el proyecto Chavimochic.

 

La presa tiene poco más del 70 de avance y Llempén destacó que terminarla ayudará a reactivar la economía regional y del país al incorporar 30 mil hectáreas de cultivo para siembras de agroexportación, la generación de 150 mil nuevos puestos de trabajo y de US$ 1,500 millones anuales en divisas por agroexportaciones; US$ 450 millones en inversiones privadas y generación de 50 MW de energía hidroeléctrica.

 

“Lo más importante es que la presa asegurará el abastecimiento de agua para el 100% de la población trujillana en las próximas décadas”, dijo la autoridad regional.

 

En su artículo único, Declaratoria de Interés, el PL indica: declárese de prioritario interés nacional y necesidad pública la adopción de las medidas por parte del Poder Ejecutivo que garanticen la culminación de la Presa Palo Redondo, la misma que es componente del Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic III Etapa.

 

La primera disposición complementaria autoriza al Gobierno Nacional a través del Ministerio de Desarrollo Agrario (Midagri), en su calidad de concedente a negociar y acordar modificaciones en el Contrato de Concesión para el Diseño , Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras hidráulicas Mayores  del proyecto Chavimochic III etapa, con la finalidad de viabilizar la culminación de las obras de la Presa Palo Redondo, la terminación anticipada del contrato una vez concluidas las pruebas de puesta en marcha de la presa y, de estimarlo conveniente, un periodo mínimo de operación que garantice su funcionalidad.

 

La segunda disposición, de Modificaciones Contractuales, indica:  las modificaciones contractuales que se acuerden en el marco de la renegociación del Contrato de Concesión que se autoriza deben incluir cláusulas anticorrupción y no podrán reconocer el pago de intereses ni prestaciones adicionales que no hayan sido expresamente establecidas en el contrato de concesión, cuya interpretación y aplicación corresponde  exclusivamente a las partes, ni el pago de ninguna compensación o indemnización a favor del concesionario. Asimismo, deben cumplirse los aspectos del procedimiento de modificación contractual establecidos en el Decreto legislativo 1362 y su reglamento.

 

La tercera disposición, de Opiniones e Informe Previo, señala: En el marco del pedido de opiniones e informe previo sobre la referida modificación contractual, el Midagri solicita y sustenta la necesidad y beneficios de la culminación de la ejecución de la Presa Palo Redondo y posterior terminación anticipada del Contrato de Concesión, mediante un análisis costo-beneficio de las distintas alternativas evaluadas. Para este análisis el Midagri deberá aprobar, mediante resolución ministerial, lineamientos y metodología para el análisis costo-beneficio.

 

La cuarta, Opinión de Proinversión, indica: De manera excepcional, corresponde a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Proinversión), evaluar y emitir opinión exclusivamente sobre si las modificaciones contractuales pueden afectar la posibilidad de estructurar un nuevo esquema de concesión bajo la modalidad de Asociación Público Privada que considere la construcción de las obras restantes y la operación de las obras del proyecto en 5u conjunto, manteniendo el alcance original de las obras previstas en el Contrato de Concesión, así corno sobre el análisis costo- beneficio de las alternativas evaluadas por el Midagri.

 

La quinta, del Opinión del Ministerio de Economía y Finanzas, señala: El Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión previa en los temas de su competencia a la referida modificación contractual presentada por el Midagri, el cual adjunta la opinión de Proinversión antes señalada. Luego de recabada la opinión previa favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, el Midagri solicita a la Contraloría General de la República la emisión del informe previo sobre la modificación contractual, en el marco de sus competencias.

 

La sexta, de Operación del Proyecto, precisa: Dispónese que el Midagri asuma la operación del proyecto de manera provisional, a partir de la reconfiguración de la Terminación Anticipada del Contrato de Concesión en el marco de lo dispuesto en el numeral 58.1 del artículo 58 del Decreto Legislativo 1362, Decreto Legislativo que Regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, solo en caso de que se concrete la adenda. Asimismo, una vez suscrita la adenda, el Midagri gestionará ante Prpinversión la realización de un nuevo proceso de promoción que contemple la culminación de las obras restantes del proyecto y la operación de las obras del proyecto en su conjunto.

 

Finalmente, la séptima disposición complementaria, de Participación de la Contraloría General de la República, precisa: La Contraloría General de la República efectúa el control de conformidad con el Decreto Legislativo 1362.  



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