Sunarp te ayuda a proteger gratis tu casa, departamento o terreno - TRUJILLO ES HOY

miƩrcoles, 19 de abril de 2023

Sunarp te ayuda a proteger gratis tu casa, departamento o terreno



 

ü  Inmoviliza ya la partida registral de tu inmueble para que nadie pueda inscribir ningĆŗn trĆ”mite sin tu autorización. TambiĆ©n puedes hacerlo mediante notarĆ­as.

ü  Estas medidas contra el fraude registral estĆ”n consignadas en la Resolución N° 057-2023-SUNARP/SN publicada en el Diario El Peruano

 

Frente a la problemĆ”tica de trĆ”fico ilegal de propiedades, la Sunarp ha implementado el servicio gratuito de Inmovilización Temporal de Partidas en el Registro de Predios, por el cual el dueƱo de una casa, departamento o terreno puede colocar ‘un candado’ de manera voluntaria y temporal a la partida donde estĆ” inscrita su propiedad, inmovilizĆ”ndola a fin de impedir que personas inescrupulosas realicen transferencias, cargas o gravĆ”menes en Ć©sta.

 

Pero, ¿en quĆ© casos se recomienda inmovilizar un inmueble? Se recomienda inmovilizar un inmueble cuando por motivos de trabajo, estudios u otros, el propietario tiene que ausentarse de su ciudad por un tiempo prolongado. TambiĆ©n se recomienda inmovilizar un predio cuando se tiene dos o mĆ”s propiedades y solo se va a ocupar una de estas.

 

Ello no imposibilita que cualquier persona que no piensa transferir su predio también pueda solicitar la inmovilización temporal de su propiedad.

 

La Sunarp detalla las vĆ­as para solicitar la inmovilización registral de la partida ante un posible fraude registral, en la Resolución N° 057-2023-SUNARP/SN, publicada hoy en el Diario El Peruano.

 

¿Cómo realizar el trĆ”mite?

Existen dos modalidades: la inmovilización de partida con aviso electrónico, que es totalmente gratuita, y la inmovilización de partida con asiento registral. Para solicitar la inmovilización temporal, el titular del predio deberÔ acercarse a cualquier oficina de la Sunarp o cualquier notaría y hacer efectiva la solicitud. En el supuesto que el titular del inmueble sea una sociedad conyugal, deberÔn intervenir ambos.

 

Inmovilización de partida con aviso electrónico.

Se solicita de manera presencial mediante formato de la Sunarp. Su registro genera un aviso electrónico vinculado a la partida registral. El trĆ”mite es el siguiente:

 

ü  Solicitud de inscripción de tĆ­tulo (formulario de distribución gratuita disponible en el siguiente enlace https://www.gob.pe/institucion/sunarp/informes-publicaciones/3997685-formatos-de-inmovilizacion-de-partidas), debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trĆ”mite en la Sunarp).

 

ü  El formato de solicitud de anotación electrónica de inmovilización de partidas, que se descarga de la pĆ”gina web institucional de Sunarp (www.gob.pe/sunarp), debidamente llenado y suscrito. Dicho formato contiene, entre otros, la declaración jurada del titular registral, en el sentido que el predio sobre el cual se solicita la inmovilización no ha sido transferido o se encuentra con carga o gravamen voluntario, no inscrito, de fecha cierta anterior a la presentación de la solicitud de inmovilización.

 

ü  Pago de la tasa registral: Gratuito.

 

ü  Plazo de calificación: 7 dĆ­as hĆ”biles contados a partir del dĆ­a siguiente.

 

Inmovilización de partida con asiento registral.

Se solicita mediante parte notarial de escritura pública y declaración jurada con firma certificada notarial cuya inscripción se realiza en asiento registral del rubro F) Otros y su levantamiento se realiza con parte notarial de escritura pública que se inscribe en el rubro E) Cancelaciones de la partida registral del inmueble. El trÔmite es el siguiente:

 

ü  La solicitud de presentación de tĆ­tulo.

ü  Parte notarial de la escritura pĆŗblica de inmovilización otorgada por el titular registral o su representante.

ü  Declaración jurada, con firma certificada por notario, del titular registral o su representante inserta o anexa al parte notarial, en el sentido que el predio sobre el cual se solicita la inmovilización no ha sido transferido o se encuentra con carga o gravamen voluntario, no inscrito, de fecha cierta anterior a la presentación de la solicitud de inmovilización de partida con asiento registral.

 

La inmovilización de partida con asiento registral no se encuentra sujeta al pago de derechos registrales.

 

¿CuĆ”nto tiempo se puede inmovilizar una partida?

La inmovilización temporal tendrÔ una vigencia mÔxima de 10 años, contados desde el día de su presentación en el Registro de Propiedad Inmueble. También se podrÔ solicitar un plazo menor. La inmovilización caducarÔ de pleno derecho en el plazo establecido.


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