· Este se retrotraerĆ” hasta la etapa de Absolución de consultas.
El alcalde Trujillo, Arturo FernĆ”ndez BazĆ”n, suscribió la nulidad de oficio del Proceso de contratación pĆŗblica especial N° 001-2023-MPT/CS, para contratación del servicio de consultorĆa de obra para la supervisión de la ejecución de la obra: “Reconstrucción, rehabilitación y reposición de los servicios de salud del centro de salud Alto Trujillo”.
La supervisión licitada es por algo mÔs de 1 millón 300 mil soles, por un proyecto de 27 millones de soles y la R.A. fue firmada en una de sus acostumbradas transmisiones públicas, donde la autoridad señaló que no se otorgó el consentimiento debido a que se detectó que hubo observaciones en el proceso que no se absolvieron.
Ello implica una transgresión a las normas en Contrataciones del Estado – art.35 del Reglamento de Reconstrucción con Cambios (D.S. N° 071-2028-PCM), en cuanto a la absolución e integración de bases, concordante con el punto 9.1.4 de la Directiva N° 007-2029-OSCE/CD, referida al registro de acciones en el trĆ”mite del procedimiento.
AsĆ, este proceso se retrotraerĆ” hasta la etapa en que se cometió el vicio: absolución de consultas. Es mĆ”s, el burgomaestre adelantó que enviarĆ” un documento a Reconstrucción con Cambios para que se haga cargo de la licitación.
La R.A. seƱala en artĆculo segundo que se remitirĆ” copias de lo actuado a SecretarĆa TĆ©cnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios, para el deslinde de responsabilidades contra los funcionarios o servidores que con su conducta dieron origen a la declaración de nulidad de oficio del citado proceso.
Igualmente, se remitirĆ”n copias fedateadas al Ćrgano de Control Interno de la entidad, para su revisión, evaluación y lo que corresponda dentro de sus competencias.
El alcalde criticó al comité de selección en este procedimiento, al no haber actuado conforme a Ley, recordando que este lo integraban los exfuncionarios ediles: Erick Cribilleros de Paz, Larry Lezama Angulo y Jessica Narro Plasencia.
La supervisión de este proyecto se habĆa convocado el pasado 19 de julio de este aƱo y tuvo como fecha de evaluación y calificación el 4 de agosto, realizĆ”ndose el 7 de agosto y otorgando la buena pro al postor Consorcio Roali, integrado por Lima Leandres Juan Carlos, Romero Melgar Rogers Enrique y Ćlvarez Paitampoma Christian Roberto.
El 11 de agosto de este aƱo, la Gerencia de Abastecimiento de la MPT, informa a la Gerencia de Administración y Finanzas (GAF) sobre el estado situacional del proceso, precisando que no se habrĆa cumplido con la normativa de contrataciones del Estado, que dispone que en la integración de las bases integradas debe incorporarse el Ćntegro de las aclaraciones, precisiones o modificaciones producto de la absolución de consultas y observaciones, debiendo ser observadas tanto por los postores como por el comitĆ© de sección, por lo que la GAF solicitó opinión legal de la procedencia o no de la nulidad de oficio de la supervisión de obra, con fecha 14 de agosto.
Los miembros del comitĆ© de selección debieron acoger las observaciones, lo que no ocurrió durante la integración de bases, vulnerando lo dispuesto en el art. 35° del OS N° 071-2018-PCM.
CorrespondĆa al comitĆ© de selección integrar las bases, para que, por el principio de transparencia de las contrataciones pĆŗblicas todos los postores participen ofertando sus propuestas tĆ©cnicas y económicas en las mismas condiciones.
Por lo actuado, debe determinarse la responsabilidad del comitĆ© de selección al no haber actuado en este procedimiento conforme a Ley, seƱaló el alcalde, que estuvo acompaƱado por el gerente municipal JesĆŗs VelĆ”squez Reyna; Luis GutiĆ©rrez, gerente de AsesorĆa JurĆdica, y Silvia VĆ”squez SaldaƱa, gerente de Abastecimientos
Durante esta actividad, la autoridad adelantó que se habrĆa perdido un expediente de un proyecto por licitar y que se sospecha de funcionarios salientes, por evidentes razones, aunque no precisó de quĆ© proyecto se trata.
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