· Las parejas interesadas en formalizar su relación conyugal de hecho pueden inscribirse solo hasta este lunes 18 de septiembre.
Unos 400 soles de pagos por diversos conceptos ahorrarÔn quienes estÔn en unión de hecho y desean formalizar su situación conyugal en el II Matrimonio Civil Comunitario que organiza para este sÔbado 30 de septiembre la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT), en el Salón Consistorial de Palacio Municipal, a partir de las 9:00 a.m..
“Para los interesados en casarse por la civil el plazo para inscribirse es solo hasta este próximo lunes 18 de septiembre”, precisó Juan Julio ChĆ”vez Florez, encargado de la oficina de Registros Civiles de la MPT.
Las parejas interesadas en contraer nupcias estĆ”n totalmente exceptuadas de pago alguno y pueden inscribirse en la Oficina de Registro Civil, en avenida EspaƱa N° 742, de 7:30 a.m. a 3:00 p.m. o si desean mayor información pueden llamar al nĆŗmero de telĆ©fono 044-484240 anexo 160.
El monto de 400 soles antes citado es lo que representan los gastos si una pareja desearĆa casarse de manera particular. Esto incluye el pago por derecho del matrimonio, por el certificado mĆ©dico y el alquiler del Salón Consistorial.
Los requisitos para los contrayentes mayores de edad, solteros, son: original y copia de DNI, acta o partida de nacimiento, certificado de solterĆa (Reniec), certificado mĆ©dico prenupcial con antigüedad no mayor a 30 dĆas hasta la fecha del matrimonio, recibo de agua o luz en el distrito de Trujillo, original y copia del DNI de los 2 testigos (que los conozcan por lo menos 3 aƱos antes – no familiares), publicación del edicto en el periódico de su elección (la orden para su publicación se darĆ” al momento de la inscripción, cuando se abre el expediente y el edicto debe salir al dĆa siguiente).
Los divorciados presentarÔn los mismos requisitos anteriores que sean pertinentes, acta o partida de matrimonio actualizada con anotación marginal de la disolución matrimonial, DNI de (la) divorciado (a) que indique el estado civil de Divorciado. En caso de viudez lo requisitos son también los que se deben presentar para personas mayores de edad en lo que fuera pertinente, acta o partida de matrimonio actualizada, acta o partida de defunción actualizada del (la) cónyuge fallecido (a), DNI del (la) viudo (a) que indique el estado civil de Viudo y declaración jurada del (la) viudo (a) suscrita ante notario público de no administrar bienes de hijos menores.
Los menores de edad deben presentar los requisitos solicitados para adultos en lo que fuera pertinente, dispensa judicial, siempre que los contrayentes tengan como mĆnimo 16 aƱos cumplidos y asentimiento expreso de los padres o abuelos, o licencia supletoria otorgada por el juez de menores.
BENEFICIOS DEL MATRIMONIO
El matrimonio promueve la institución familiar y posibilita el desarrollo de las familias, generando derechos, obligaciones y beneficios de ley para las parejas e hijos. Cada municipalidad determina cuÔndo y cómo se realizan, asà como el costo que suele ser menor al de uno regular o ser gratuito al optarse por una ceremonia civil masiva.
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