· Entre otros aspectos, brinda facultades para fiscalizar y sancionar a empresas de transportes y hospedajes que den servicios a ciudadanos extranjeros en condición migratoria irregular.
· En La Libertad, la Jefatura Zonal Trujillo ejecuta constantes operativos que en lo que va del aƱo suman mĆ”s de 130 y se realizan por primera vez en zonas del interior como Ascope, VirĆŗ, SĆ”nchez Carrión y otras.
El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo N.Āŗ 1582 mediante el cual se modifican e incorporan diversos artĆculos de la Ley de Migraciones, estableciendo, entre otros aspectos, el Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE), para la expulsión de personas extranjeras, en dos casos especĆficos.
Ćste se aplicarĆ” a quienes hayan ingresado al paĆs sin control migratorio y/o realizar actividades que pongan en riesgo o atenten contra el orden pĆŗblico, el orden interno, la seguridad nacional o la seguridad ciudadana.
La modificación de la Ley de Migraciones fortalece el principio de soberanĆa en materia migratoria, a travĆ©s del control migratorio, regulación migratoria, procedimientos administrativos y servicios, lo que contribuye a la seguridad y orden interno del PerĆŗ.
TRANSPORTE. El decreto legislativo faculta a Migraciones sancionar a las empresas de transporte interprovincial que trasladen a personas extranjeras irregulares. Los operadores de transporte marĆtimo, fluvial o lacustre internacionales, deben enviar a Migraciones, antes de las 48 horas de su arribo o zarpe al territorio nacional, la información del registro y control de tripulantes.
HOSPEDAJE. AdemÔs, los servicios de hospedaje estÔn obligados a solicitar la presentación del documento de viaje o de identidad a los extranjeros para efectos de registro y de la prestación del servicio. Cabe señalar, que el decreto legislativo permite a Migraciones fiscalizar los servicios de hospedaje, que estÔn obligados a facilitar las acciones de verificación migratoria, y, de no hacerlo serÔn sujetas a sanciones.
ARRIENDO. Asimismo, los arrendadores de inmuebles, cualquiera fuere su naturaleza y objeto, deben exigir la presentación de un documento que acredite la situación migratoria regular del extranjero con quien suscriba contrato de arrendamiento y de los otros extranjeros que habiten y formen parte del grupo arrendador en el mismo inmueble. El arrendador debe informar a Migraciones, a través de sus plataformas digitales.
Finalmente, en La Libertad se continuarÔn con los operativos, que en lo que va del año ya suman mÔs de 130 y se han ejecutado en espacios públicos, centros de abastos, bares, centros nocturnos, en provincias como Trujillo y por primera vez se ha descentralizado a Ascope, Virú, SÔnchez Carrión y próximamente Pataz.
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